NUEVAS PROPIEDADES

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LA HONESTIDAD EN LA VENTA DE UNA CASA O DEPARTAMENTO

La honestidad es uno de los valores que poco o nada cuesta aplicarlo en nuestro diario vivir y esta es una experiencia que deseo compartir.

Asumí la venta de una casa en Trujillo que ya lo tenían otros agentes inmobiliarios. Por un momento rechacé la idea de promocionarlo, dado que eran cuatro las agencias inmobiliarias que promovían su venta.

Dada la oportunidad, me hice la idea que lo vendería en el menor tiempo posible porque en el cotejo del precio de mercado versus propiedad, podría salir la venta en dos meses. (Por lo menos, esa fue mi lectura inicial y hasta ahí no sabía cuántos agentes estaban involucrados). 

El propietario me anticipó: “Por si acaso, yo también lo estoy vendiendo” y si usted lo vende primero, le pago lo que corresponde, enfatizó. En realidad, no me hizo eco esa afirmación dado que uno se acostumbra a manejar situaciones nuevas y encaminarlas para bien.

Luego de tres meses de ofrecer en venta la casa en Trujillo, algo debía estar pasando, me dije. ¡Bueno! a veces la situación política (Los Cuellos blancos del Puerto, aportes de Odebrecht para financiar campañas políticas) afecta la compra de propiedades, me respondí así mismo, dándome cierto ánimo y aliento para no caer en desesperación.

Era una de esas oportunidades que daba la vida y que no se debería desperdiciar. Así que el ímpetu y la osadía que le había puesto a la venta eran enormes.

EL OFRECIMIENTO DE LA VENTA DE UNA CASA POR OTRAS INMOBILIARIAS

El primer lunes de abril, noté que la casa que ofrecía, estaba siendo promocionado en Facebook (Marketplace) con un precio superior al mío, por lo que no le di importancia ya que de algún modo me beneficiaba. Mientras que en otras páginas web la tenían debajo del precio que me dieron a ofrecer.

Intrigado por esta disparidad de precios, decidí llamar (por intermedio de otra persona) al número de contacto de la publicación que anunciaba un precio inferior al mío. La voz grave, demarcaba la urgencia de venta de la propiedad. Anunciaba facilidades de pago y una serie de beneficios, con la condición de comprarlo hoy.

Un poco consternado llegué a casa por toda la falta de honestidad que había vivido en un solo día. Al día siguiente, cubierto de esa carga negativa que traen consigo ese tipo de vicisitudes timbré al propietario para increparle lo ocurrido. Para bien, no respondió la llamada.

Lo visité en su casa y conversamos sobre lo sucedido. Él asentía con la cabeza o desaprobaba la actitud de los vendedores con gestos, haciéndome notar el mal accionar de los vendedores.

Pero mientras platicaba, cogí el celular y marqué el número, que tenía el precio más bajo. “Mire, le dije, esa persona a quien le estoy llamando, ofrece su departamento a un valor inferior del que usted me dio”.

Para mi sorpresa sonó el celular del dueño del departamento con quien estaba conversando. Nos miramos fijamente, él titubeó por unos segundos mientras se reponía del chasco. Su reacción fue automática, miró con cierta discreción y un poco desencajado me dijo: Ese es mi número. Sí, tiene razón le dije y le agradecí por su tiempo. Nos despedimos.

Nueve meses más tarde, ¡la propiedad sigue sin venderse!

Si crees que por entregar tu casa o departamento a mayor número de agencias inmobiliarias se vende en el menor tiempo… Yo te diría que te tomes tu tiempo para analizarlo.

Lo importante en toda persona es tener valores como la honestidad y aplicarlos a nuestra vida diaria. Actuar de ese modo conlleva a vivir en paz consigo mismo y tener la confianza que atraeremos lo mismo. Tú le puedes llamar Ley de atracción, yo… Confianza en Dios.

TEOLOGÍA DE PERROS Y GATOS: UNA REFLEXIÓN ACERTADÍSIMA.

TEOLOGÍA DE PERROS Y GATOS

Fui invitado a una reunión para el día de hoy (25 setiembre 2019) a las 8 am. No me dijeron el motivo y tampoco se lo pregunté.  ¡Lo acepté a secas!  Fecha,  lugar y hora memoricé.  ¡Tenía que cumplir!

Es así como llegué con mi esposa a ese recinto holgado compuesto de muchas mesas redondas y sillas confortables.  Se trataba de un desayuno de tipo mensual llamado TED Trujillo.

Nos hicieron sentir como en casa. Estábamos en familia.

El frito estuvo delicioso y propicio a esa hora del día; No hubo palabra alguna que diera pistas de lo que ocurriría minutos después. Lo que pensé de inmediato es que, sin una programación escrita a la vista de los invitados; el desayuno era la entrada así como la salida. ¡Me equivoqué!

Por primera vez me he sentido en un contexto ajeno pero agradable; algo así como en una embajada norteamericana.

UNA VOZ CEREMONIOSA SALÍA DEL ESTRADO

Un señor, periodista de profesión, llamado Dick Lawyer de Wilmington, Deleware, USA,  se colocaba delante nuestro y nos hablaba en su idioma nativo (inglés), mientras su intérprete Alex Donnelly modulaba la voz para reproducirnos en nuestra lengua materna.

Inició su ponencia preguntando: ¿Levanten la mano quienes tienen perros en casa?  (Algunos levantaron la mano) ¿Levanten la mano quienes tienen gatos en casa? (Otros se volvieron visibles ante la pregunta)

Dijo: Me referiré a un libro cuyo autor es Bob Sjogren y Gerald Robinson, llamada Teología de perros y gatos, en cuya metáfora compara a estos animales con las personas en los comportamientos cristianos.

Tú llegas a casa, el perro te recibe con muchos lengüetazos, contento, feliz y dice para sí: Tú me amas, me alimentas, me conscientes, me proteges; Tú eres Dios, llévame a donde quieras, Tú eres mi amo, meneando su cola, él te sigue a donde vayas.

En cambio, tienes un gato, él llega despacio y dice para sí: Tú me amas, tú me alimentas, yo te doy casa, después de cubrir mis necesidades te buscaré otra vez.  Tú entregas tu vida por mí, la vida gira en torno a mí; «Yo debo ser Dios»

Como habrás notado, el perro tiene amo; el gato tiene siervos y es así como algunos viven en la vida cristiana.

LA REFLEXIÓN DE  LAWYER SOBRE LA TEORÍA DE PERROS Y GATOS

Lawyer, reflexiona del siguiente modo: El mundo no ha sido diseñado por nosotros sino por Dios y para Dios y tú, has sido creado para ÉL. Toma como referencia a Colosenses 1:16 que a su letra dice: Porque en él fueron creadas todas las cosas, las que hay en los cielos y las que hay en la tierra, visibles e invisibles; sean tronos, dominios, principados, potestades; todo fue creado por medio de él y para él.

Las próximas condicionales que plantea Dick son: Si el mundo fuera diseñado para nosotros ¿porque el mundo está cubierto en sus ¾ partes de agua? ¿Por qué el perro escucha lo que pasa en la nevera y yo no cuando estoy a la misma distancia que él? ¿Por qué el caballo una vez que nace empieza a caminar en unos minutos, mientras que nosotros tardamos 9 meses para llegar a gatear, ni siquiera a caminar…?

La penúltima referencia bíblica que hace es apocalipsis 4:11 que dice: Señor, digno eres de recibir la gloria y la honra y el poder; porque tú creaste todas las cosas, y por tu voluntad existen y fueron creadas.

Menciona además que en la teología de perros y gatos, los cristianos tipo perro o gato no se puede diferenciar a simple vista porque todo lo hacen igual, excepto que el tipo gato; dice: La vida tiene que ver conmigo. Mientras que el tipo perro; todo tiene que ver con mi amo.

Recuerden, dice Dick; la biblia es el periódico de Dios, es su historia; te queda a ti hacerte parte de él. En lugar de meter a Dios en tu vida, enfócate en averiguar lo que él está haciendo en el mundo y hacerte parte de su historia. Dios creó todo por él y para él.

EL STICKER

Cuando le damos crédito al sticker que se hizo famoso “DIOS ES MI COPILOTO” continúa el ponente…, significa que Dios es mi asistente y eso no es así.  Aunque la intención del texto fue buena, no lo fue teológicamente.

LA CONCLUSIÓN DEL PERIODISTA

Termina inagotable Lawyer para concluir: Él nos creó con libre albedrío, a imagen y semejanza queda en nosotros el camino de obedecerle.  Podemos escoger creerle y obedecer o ser él quién nos sirva. ¡Él nos llama a ser parte de su historia!

De ese modo termina Dick Lawyer beneficiando a todos los asistentes en este desayuno.

Ya que no estuvieron en dicha reunión todos, les plasmo la esencia del mensaje desde el punto de vista personal.

PODER DE HACER EL MAL

El 02 de agosto del presente (2019) me llegó una notificación del ministerio público. En ella, me invitaban a brindar declaración sobre dos investigaciones en contra del señor Juan. A quien el año 2008 le vendí un lote de terreno de 200m2 por el precio de seis mil soles. Este predio se ubica en el distrito de Víctor Larco Herrera, Trujillo.

Al señor Juan lo vi en el año 2008 en dos oportunidades. Una cuando se acercó como interesado en comprar el lote de terreno y la segunda en notaría para formalizar la compraventa del inmueble a su favor.

El año pasado (2018) fue una sorpresa. Me enteré que el señor Juan tiene una batalla legal desde que fue despojado de su propiedad junto con su inquilino del inmueble que le vendí hace once años.

 ¿Qué pasó para que lo despojaran del lote de terreno?

Volvamos a la historia: El año 2007, compré un lote de terreno con la finalidad de venderlo rápidamente y sacarle utilidad por diferencia de precio. En ese tiempo realizaba mis primeras operaciones de compraventa en el mundo inmobiliario como agente inmobiliario/ inversionista.

El lote de terreno tenía inscripción en SUNARP a nombre de la anterior propietaria y no del que me vendía en ese momento. Sin embargo, él era dueño del inmueble, así lo demostraba el documento de compraventa notarial con su anterior propietaria, aunque faltaba inscribirlo.

Ser dueño del lote de terreno y teniendo como meta venderlo en el corto plazo, no tenía sentido para mí regularizar documentos. Es así que lo vendí meses después, siendo el señor Juan, el comprador.

El uso del poder inscrito

La señora Díaz, a quien no conozco hasta la fecha, vive hace muchos años en el extranjero. Le ha dejado un poder amplio e inscrito en SUNARP a uno de sus familiares para que aproveche (la oportunidad legal de que su nombre figuraba como propietaria en Registros Públicos) en desalojar al señor Juan junto con su inquilino aduciendo que son propietarios del inmueble.

Es así que el año 2018 brindé mi primera declaración testimonial ante el Ministerio Público, luego que el señor Juan me contactara para apoyarlo y pueda validar su denuncia ante la Justicia. En ese año, la denuncia realizada era por Usurpación; pero hoy está archivada.

El 02 de agosto del 2019 tuve que apoyar nuevamente al señor Juan, brindando mi declaración testimonial por otra denuncia presentada contra la señora Díaz.  Esta vez la han hecho por estafa en la modalidad de Estelionato ya que, según su abogada, se configura en ese delito incurrido.

Lo que se puede comprobar, es que la señora Díaz, entrega un PODER amplio inscrito a un familiar para despojar a un propietario, aprovechándose de que éste no regularizó en Sunarp su propiedad.

Esto es, usar el PODER de hacer el mal a otro. Es hacer uso de una figura legal como el Poder, para cometer delitos. El caso sigue en el Ministerio Público de Trujillo cumpliendo los plazos correspondientes y esperando la imposición de la justicia.

EL IMPUESTO DE ALCABALA AL COMPRAR MI CASA

Documentos que representan el pago del impuesto de alcabala

El alcabala: Es un impuesto que grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles.

Si de casas, departamentos y propiedades en general se trata, hay que tener en blanco y negro los pormenores de gastos que demandan la compra de ellas.

Puede que te falte dinero o te quedes holgado en los números y no puedas realizar otras actividades que habías pensado.

¿Qué te parece, si antes de comprar, hacemos un presupuesto?

Es necesario hacer un presupuesto de gastos, ya que sin ello no podrías comprar la casa que soñaste a pesar que dispongas de dinero para pagar al vendedor. Además sin ese efectivo adicional no podrás escalar a ser dueño de propiedad y menos actuar como tal.

Eso le ocurrió a Magda Reyes, una docente del sector público, que había calificado para un crédito hipotecario para la compra de un departamento en la urbanización Las Casuarinas de Trujillo, en La Libertad.

El banco le otorgó el crédito que ella solicitaba según lo que habían convenido tanto en tasa, tiempo y valor de cuotas.  

Para tal efecto firmaron el primer documento con el vendedor, la minuta de compraventa del inmueble, en la que se establecía el pago de la inicial del 10% del precio de venta. 

Habiendo realizado esta primera etapa en notaría, llevó la minuta original al SATT (Servicio de Administración Tributaria de Trujillo) para regularizar su inscripción como contribuyente.

La entidad emitió un comprobante de pago en la que se apreciaba la cantidad de S/. 5,145.00 (cantidad no esperada) que produjo en la señora Reyes contratiempos y tensiones, dado que no contaba con esa cantidad.

De hecho, la compra se realizó 25 días más tarde que una operación habitual; que fue el tiempo que duró en conseguir la cantidad.

Si bien es cierto, hay varios gastos y costes que se condicionan a la compra de propiedades, según sea este a crédito o al contado, en este artículo nos centraremos en el impuesto que solamente le compete al comprador y que por cierto, dependiendo del importe de la venta es el más alto que percibe el municipio y sale de tu bolsillo.

El impuesto que asumes al comprar tu inmueble

El impuesto que hago referencia es el de ALCABALA, que en la ciudad de Trujillo se cancela en el SATT sólo para propiedades que se ubican dentro de este distrito.

Para inmuebles que se sitúen en otra jurisdicción deberá hacerse los pagos en el distrito donde se encuentre el predio.

¿Cuánto se paga por este concepto? Respondo la interrogante como sigue: Es el 3% del valor del inmueble habiendo descontado las primeras 10 UIT (El valor de las 10 UIT es equivalente a S/. 44,000 año 2021) Qué les parece si lo analizamos con un ejemplo práctico?

¿Cuánto pagaré de impuesto de alcabala por un inmueble que cuesta (cien mil soles) S/ 100,000? 

Realizamos la operación: S/ 100,000.00 menos S/ 44,000 (monto exonerado)= S/ 56,000 A esta cantidad (S/ 56,000) aplicamos el 3% y resulta S/ 1,680

Por lo tanto, S/ 1,680 (un mil seiscientos ochenta soles) es la cantidad a pagar en el SATT o al municipio donde pertenece la propiedad por concepto de impuesto de Alcabala.

En caso la compra de tu inmueble se realice en dólares, primero convertimos toda la cantidad en moneda nacional o soles de acuerdo al tipo de cambio del día y luego realizamos la operación tal como se indicó arriba.

¡Recuerda: El pago siempre es en Soles!

NOTA 1.- El valor de la UIT año 2021 es de S/. 4,400

NOTA 2.- Las primeras 10 UIT del precio de venta de la casa están exoneradas al pago de Alcabala.

NOTA 3.- El pago de Alcabala puede ser pagada hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia. 

NOTA 4.- No se paga impuesto de Alcabala en bienes futuros, (para casa o departamento en planos).

Habrás notado que no sólo consiste en tener dinero para pagar al vendedor sino también para pagar los impuestos que te corresponde como comprador. Una vez hecho este cálculo y habiendo hecho un presupuesto recién asumimos la compra. 

Espero que este artículo ayude a dilucidar algunas interrogantes respecto al pago de alcabala. 

Segundo Mesia Prado                                                                                                Agente Inmobiliario                                                                                                     Reg. N° 7167-PN-MVCS

                                                                    

LESIÓN EN LA VENTA DE INMUEBLES

La lesión:

La lesión en la venta de un inmueble, se da en términos prácticos cuando compras barato y vendes caro. De ahí que es necesario conocer la estructura legal en la adquisición de un predio.

La ignorancia de ciertos aspectos legales dilatan las operaciones de compraventa. Te contaré un caso como iniciación para que puedas explayarte después en este tema.

Un caso de lesión en la venta

En junio pasado (2019), vendí un departamento en la Urbanización La Perla de Trujillo. La misma que tuvo una accidentada operación de compraventa ya que todos los actores se sintieron perjudicados.

Esta afectación de venta del departamento incluía la falta de efectivo para completar la inicial del banco; así como la figura de Lesión en la venta de inmuebles detectada por la asesoría legal del banco.

Debo comentar que a fines de noviembre del 2018, los compradores novios, visitaron el departamento. Por lo que lo consideraron como el lugar ideal para vivir en matrimonio.

Por lo que dieron un anticipo en calidad de arras, hasta que el banco BBVA apruebe su crédito hipotecario. Así mismo entregaron la documentación requerida para que los evalúe.

Aunque a simple vista los novios calificaban para un crédito hipotecario; la funcionaria del banco lo denegó, aduciendo que en la boleta de pagos de la novia, debería reflejarse un incremento remunerativo como requisito de préstamo.

Cuatro meses después, se actualizaron los documentos presentados con anterioridad y el BBVA aprobó el crédito hecho que permitió formalizar la compraventa en Notaría.

Pero ese mismo día, después de leer la minuta, la asesora legal del banco llamó para abstenerse en la firma hasta nueva fecha.

Esta acción causó un silencio profundo entre los partícipes de la operación ya que no sabíamos la motivación. Al día siguiente, la abogada del estudio jurídico ordenó paralizar la acción de compra por LESIÓN en la venta de inmuebles.

La verdad, es que nunca tuve un caso parecido y aposté en el error de esa medida. La doctora explicó que el departamento que comprarían los esposos no podría efectuarse. Porque el vendedor no cumplía con los dos años requeridos de haberlo comprado.

¿Qué dice el código civil sobre la lesión?

Un nuevo concepto entró a tallar en mis acciones para entender y aplicar en inmuebles. 

Me enteré que el Código Civil en el artículo 1447 contempla la figura de lesión a favor de la parte perjudicada. Hasta pueden rescindir el contrato o bien reajustar el precio, siempre que, se cumplan tres requisitos:

1.- Basta que haya una desproporción mayor al 40% entre el valor real (tasado) y el efectuado.

2.- La necesidad apremiante de una de las partes y

3.- El aprovechamiento de esa necesidad apremiante.

De estos tres requisitos, lo objetivo es la desproporción (40%), mientras que lo subjetivo es la necesidad y el aprovechamiento. 

Para el aprovechamiento es indispensable, el conocimiento del estado de necesidad del otro y que se aproveche de esa circunstancia.

¿Cuándo no procede la lesión en la venta de inmuebles?

No procede Lesión cuando proviene de una transacción (cosa juzgada) o en las ventas hechas por remate público o en los contratos gratuitos (donación, suministro gratuito) ya que no hay prestación con contraprestación.

Lo cierto es que, a inicios de junio (2019) se cumplió el plazo máximo de aplicación de demanda por Lesión.

En caso hubiera presentado la anterior propietaria. Por tanto el banco daba por salvado el riesgo de efectuar la operación de compraventa del departamento en Trujillo.

Luego le pregunté a la funcionaria del banco sí esa acción era recurrente en el BBVA. Me dijo que sí y que ya se había hecho como política de protección y disminución del riesgo en operaciones de compraventa (salomónica lección).

Con esto podemos concluir que: En caso te veas tentado a comprar un inmueble BARATO, hazle caso a tu intuición de que algo no está bien.

Algo no se encuadra dentro de lo razonablemente normal por lo tanto tomémonos el tiempo necesario para decidir hacer lo correcto.